Por Cristhian Castillo Melgarejo, Dr. en Procesos Sociales y Políticos en América Latina, director de Consultora EvaluaChile.
SEP- 2.0 Los avances de la ley 20.845 son evidentes en materia de subvenciones para estudiantes prioritarios. Las categorías son amplias poco particulares, soslayan los capitales culturales de las familias, focalizar mejor los recursos en los estudiantes de familias menos favorecidas.
Proponen una subvención diferenciada por estudiante según la vulnerabilidad en cinco tramos (0-10 %, 11-20%,21-30%,31-40%, 41-80%)
Los establecimientos que poseen matrícula de estudiantes prioritarios, contaran con más recursos para orientar acciones en beneficio de sus aprendizajes, curva ascendente para lograr calidad educativa, favoreciendo la inclusión.
Mejores salarios, mejores profesores.
Esta propuesta consiste en incrementar un 10% por sobre el promedio de los sueldos de profesionales con título universitario.
Becas a carreras docentes en el contexto de una formación continua. Se plantea extender para las pedagogías la Beca Vocación de profesor.
- Tolerancia cero al alcohol y las drogas en la escuela
Incorporar modificaciones a la ley Nº 20.845, con el fin de otorgar mejores condiciones y atribuciones al director(a) para tomar las medidas necesarias según el reglamento escolar de cada establecimiento.
Financiamiento compartido pro calidad.
Se debe permitir el financiamiento compartido, siempre y cuando se consideren dos excepciones: 1) Establecimientos particulares subvencionados; 2 ) El 50% debe destinarse a sueldos y bonos de profesores de la escuela respectiva.
Financiamiento compartido integrador
El financiamiento compartido se inició en 1993, este copago condicionó a los establecimientos educacionales a matricular un 15% es estudiantes vulnerables. Los colegios optaran por la gratuidad del 15% de los alumnos vulnerables, por otro lado, de no presentarse esta situación, se elegirá al 15% más vulnerable de los matriculados.
Educación pública competitiva
Se debe aumentar el subsidio de la educación en igual monto del recibido por el colegio particular subvencionado por el financiamiento compartido.
Los padres y apoderados tienen la opción de enviar a sus hijos al establecimiento que elijan, portando el subsidio estatal, pudiendo apoyar con el financiamiento compartido, si escogieren un colegio público, portarían un subsidio estatal mayor. Se organizarían centros escolares públicos de calidad.
Más responsabilidades para la persona a cargo
Otorgar reales oportunidades al director o directora de las escuelas públicas de tomar decisiones de selección del cuerpo docente, en compañía de profesionales competentes contratados para esa misión. Coordinando bonos por desempeño docente.
Selección de directivos
El director que cumple un ciclo en la escuela o liceo debe participar del nuevo proceso para contratar a un director(a), integrando la comisión de oposición de antecedentes para dirimir el mejor perfil para el cargo.
Mejores reglas, mejor educación
Contratar un órgano especializado en revisar todas las reglamentaciones actuales, que asfixian la creatividad, normando en exceso el quehacer educativo.
Selección inclusiva
Para fomentar la inclusión social, los establecimientos públicos y subvencionados, pueden seleccionar por su rendimiento académico desde sexto año y obligatoriamente matriculen un 20% de estudiantes vulnerables.
Especialización de colegios
Establecer incentivos económicos, para la especialización de la enseñanza básica o media.
13.Modificación al proceso de admisión universitario las universidades pueden vía ranking incorporar sus estudiantes y establecer una base de cuotas apoyados por un propedéutico para nivelarlos.
Libertad de participar en sistema centralizado de admisión
Este sistema tiene problemas prácticos, territoriales, locomoción, traslados.
Observar variables sobre el financiamiento compartido. Restricción de espacios de criterios cualitativos. En pos de la libertad de los proyectos educativos institucionales, deben elegir ser parte del sistema centralizado de admisión.